Obligaciones de presupuestos cerrados (del régimen de las apropiaciones y reservas). Al cierre de la vigencia fiscal cada órgano constituirá las reservas presupuestales con los compromisos que al 31 de diciembre no se hayan cumplido, siempre y cuando estén legalmente contraídos y desarrollen el objeto de la apropiación. Las reservas presupuestales sólo podrán utilizarse para cancelar los compromisos que les dieron origen.
Obligaciones del presupuesto corriente. Ver también: presupuesto de gastos; presupuesto de gastos - etapas de ejecución.
Operaciones no presupuestarias. Véase: presupuesto de gastos
Operaciones presupuestarias. Véase: presupuesto de gastos.
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